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Decreto 678 del 02 de mayo de 2022 – Mediante el cual se modificó el Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria, en asuntos relacionados con el Registro Único Tributario – RUT:
Entre las modificaciones más importantes que trajo el presente Decreto, encontramos que el RUT sustituirá al Registro de Exportadores y al Registro Nacional de Vendedores, los cuales fueron eliminados con esta disposición. Igualmente, podrá renovarse y/o actualizarse con información proveniente del Departamento Nacional de Planeación, la Registraduría Nacional del Estado Civil y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, entre otras entidades.
Además de lo anterior, en este decreto se precisó el tratamiento aplicable a la inscripción de oficio por parte de la DIAN, y la comunicación de la misma con los entes municipales y distritales, que deben ser notificados de esta inscripción.
Entre otras disposiciones importantes, se estipuló que para garantizar el control y la veracidad de la información registrada en el RUT, se deberá adicionar una copia física o digital del documento que acredita la representación de menores o incapaces. Que en el caso de sociedades extranjeras, se deberá acreditar la información del país de residencia fiscal, la identificación tributaria correspondiente, domicilio, correo, teléfono y código postal. Y en lo referente a las personas naturales nacionales, en virtud del Decreto-Ley 620 de 2020, no será obligatorio presentar copia física del documento de identidad.
Concepto 220-106721 de 2022 de la Superintendencia de Sociedades.
Mediante este oficio, la Superintendencia de Sociedades, sostuvo que en la constitución y registro de Sociedades por Acciones Simplificada, no es necesario que quien actúe en calidad de mandatario o apoderado sea un profesional del Derecho. Basta entonces con que dicha persona haya sido facultada para ello, por parte de los accionistas constituyentes y que muestre el documento de soporte ante la Cámara de Comercio correspondiente.
Resolución 488 del 29 de abril de 2022 de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
Mediante la presente resolución, la DIAN decidió modificar el plazo previamente establecido para que los sujetos no obligados a expedir factura de venta o documentos equivalente, implementen y desarrollen la facturación electrónica.
Dicho plazo se cumplía el pasado 02 de mayo de 2022, pero fue prorrogado hasta el próximo 01 de agosto de 2022; dicha decisión está sustentada en que este tiempo les permitirá a los obligados, la debida planeación e implementación tecnológica en sus sistemas y procedimientos internos.
Concepto 207 de 2022 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública.
Mediante el cual se dio respuesta a una consulta ciudadana relacionada con la calidad de propietario y el documento que acredita la misma, de aquellas personas que hagan parte del Consejo de Administración de edificios o conjuntos de uso comercial o mixto.
Ante dicha consulta, el Consejo Técnico estableció que en virtud del artículo 53 de la Ley 675 de 2001, los miembros del Consejo de Administración deben ser propietarios de inmuebles que hagan parte del edificio o conjunto, y dicha calidad se deberá constatar con el certificado de libertad y tradición del inmueble.
Decreto 624 de 2022 del Ministerio de Cultura.
En el presente Decreto, se tomaron decisiones en función de dinamizar el interés por apoyar iniciativas culturales y optimizar la implementación del incentivo tributario de deducción por inversiones o donaciones a proyectos de economía creativa.
Entre las cuales encontramos que la convocatoria para seleccionar proyectos culturales, se realizará durante los primeros 4 meses del año, de esta manera, la deducción tributaria, aplicará para el periodo gravable en que se realice la inversión o donación. Igualmente, se aclaró el procedimiento para lograr la expedición del certificado de inversión o donación que avale la aplicación del incentivo.
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